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Gastos de notaría en una compraventa en Huelva 2026

Descubre cuáles son los gastos de notaría en una compraventa de vivienda en 2026, quién debe pagarlos según la ley y cómo calcularlos en Huelva.

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Carlos Carballo
··5 min de lectura

El momento de firmar la escritura pública ante notario es el punto culminante de cualquier operación inmobiliaria. Es el instante en el que, oficialmente, las llaves cambian de manos y se formaliza la transmisión de la propiedad. Sin embargo, este trámite legal conlleva una serie de costes que a menudo generan confusión y debate entre las partes implicadas.

Si estás a punto de cerrar una operación en Huelva, es fundamental que tengas claro a cuánto ascienden los gastos de notaría en una compraventa y, lo que es más importante, a quién le corresponde pagarlos según la legislación vigente en 2026. En Onucasa, acompañamos a nuestros clientes hasta el momento de la firma, asegurándonos de que no haya sorpresas de última hora con los números.

¿Qué son los gastos de notaría?

Los gastos de notaría, también conocidos como aranceles notariales, son los honorarios que cobra el notario por su intervención en la compraventa. El notario es un funcionario público que otorga fe pública y seguridad jurídica a la transacción, comprobando la identidad de las partes, la capacidad legal para firmar, el estado de cargas de la vivienda y asegurándose de que el contrato se ajusta a la legalidad.

Es importante destacar que los notarios no cobran lo que quieren. Sus honorarios están estrictamente regulados por el Estado mediante un arancel fijo. La ley les permite aplicar un descuento máximo del 10% sobre sus honorarios, por lo que puede haber ligeras variaciones entre una notaría y otra en Huelva.

¿Cuánto cuestan los gastos de notaría en 2026?

El coste exacto de la escritura de compraventa depende fundamentalmente del precio de venta del inmueble. A mayor valor de la propiedad, mayores serán los honorarios notariales, aunque no de forma proporcional, ya que se aplican tramos regresivos.

Además del precio de la vivienda, el coste final en la notaría puede variar en función de la extensión de la escritura (número de folios), el número de copias que se soliciten y las operaciones anexas que se firmen en el mismo acto (cancelación de hipoteca previa, constitución de nueva hipoteca, etc.).

A modo de estimación general para 2026, los gastos de notaría por la escritura de compraventa de una vivienda media en Huelva suelen oscilar entre el 0,2% y el 0,5% del valor del inmueble, lo que para un piso de 150.000 euros podría suponer entre 750 y 950 euros aproximadamente.

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¿Quién paga los gastos de notaría según la ley?

Para determinar quién asume los gastos de notaría en una compraventa, debemos acudir al artículo 1455 del Código Civil español.

ConceptoResponsable según leyPráctica habitual de mercado
Escritura matriz (original)VendedorComprador (por pacto)
Primera copia y copias adicionalesCompradorComprador
Gastos de Registro de la PropiedadCompradorComprador
Gastos de gestoría (si hay hipoteca)CompradorComprador
Cancelación de hipoteca del vendedorVendedorVendedor

La ley establece que los gastos de otorgamiento de la escritura pública (la escritura matriz) son a cargo del vendedor, mientras que los gastos de las copias son a cargo del comprador. Sin embargo, el Código Civil permite que las partes acuerden un reparto diferente.

En la práctica inmobiliaria actual en Huelva y en el resto de España, lo más frecuente es que se incluya una cláusula en el contrato de arras que establece que el comprador asume la totalidad de los gastos de notaría de la escritura de compraventa. Esta es la costumbre del mercado, y es la fórmula que se suele aplicar a menos que el vendedor, por motivos de negociación, acepte hacerse cargo de ellos según ley.

Es vital que este acuerdo quede reflejado de forma clara y por escrito en el contrato de arras o reserva.

Otros gastos asociados a la firma en notaría

Cuando acudes a la notaría, la provisión de fondos que pagas suele incluir otros conceptos además de los honorarios estrictos del notario:

Gastos de Registro de la Propiedad. Tras la firma, la escritura debe inscribirse en el Registro. Estos honorarios también están regulados por arancel y suelen rondar entre el 0,1% y el 0,25% del valor de la vivienda (unos 400-600 euros para un piso medio). Por costumbre y por ley, los gastos de inscripción en el Registro corresponden íntegramente al comprador.

Gastos de Gestoría. Si el comprador financia la operación con una hipoteca, el banco exigirá que una gestoría se encargue de liquidar los impuestos y llevar las escrituras al Registro. Los honorarios de la gestoría son libres y suelen oscilar entre los 300 y 500 euros. Estos gastos los asume el comprador.

Cancelación de hipoteca. Si el vendedor tiene una hipoteca pendiente sobre la vivienda, deberá cancelarla registralmente en el momento de la venta. Los gastos de notaría, registro y gestoría derivados de esta escritura de cancelación corresponden exclusivamente al vendedor.

En Onucasa, antes de firmar cualquier documento, preparamos una estimación detallada de todos los gastos e impuestos que corresponderán a cada parte, para que puedas planificar tus finanzas con total seguridad.


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Carlos Carballo, asesor inmobiliario en Huelva

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